Artículo 4. Oferta de productos ortoprotésicos del Sistema Nacional de Salud de ortoprótesis externas. 1. La Oferta de productos ortoprotésicos del Sistema Nacional de Salud (en adelante Oferta), en el ámbito de las ortoprótesis externas, recogerá los productos ortoprotésicos no elaborados a medida que se clasifiquen en los tipos de productos del catálogo común. Las empresas que consideren que existen motivos justificados para modificar el IMF de un tipo de producto podrán solicitarlo de forma argumentada a la Dirección General de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, quien dará traslado al Comité asesor para la prestación ortoprotésica para su valoración.